MODULO 0 - ORIENTACION Y BASES DEL CURSO
MODULO 1 - FAMILIA, DESARROLLO Y ALTA CONFLICTIVIDAD
MODULO 2 - MARCO JURIDICO, ETICO Y TERRITORIAL
MODULO 3 - RECEPCION, SEGURIDAD Y PROTECCION
MODULO 4 - APERTURA Y PLANIFICACION DEL CASO
MODULO 5 - COMUNICACION, MEDIACION Y ORGANIZACION
MODULO 6 - SEGUIMIENTO E INCIDENCIAS
MODULO 7 - DOCUMENTACION, INFORMES Y CIERRE
MODULO 8 - EXPEDIENTE INTEGRADO Y PRACTICA FINAL

2.6 Legislacion autonomica e internacional

2.6. Variantes autonómicas, elementos internacionales e integración

Duración: 180 minutos. Estudio interno 70; lectura L6 40; actividad A6 50; evaluación/revisión 20. Resultado: elaborar T-D08 y cerrar E2 con dudas jurídicas concretas y límites territoriales.

La dirección postal no resuelve todo

Una familia vive en Cataluña, uno de los progenitores tiene nacionalidad de otro país y existe una resolución extranjera. No podemos deducir de un único dato qué ley rige, qué órgano puede decidir o cómo se reconoce esa resolución. Tampoco un curso con ámbito nacional hace idéntica la práctica en todas las comunidades autónomas.

La ficha territorial es una herramienta de identificación y consulta, no un dictamen de Derecho internacional privado. Su valor está en no perder un elemento que puede cambiar el encargo y en formular las preguntas que necesita el profesional competente.

2.6.1. Derecho civil común y especial o foral

En España coexisten el Derecho civil común y Derechos civiles especiales o forales en sus ámbitos. La distribución constitucional de competencias y las reglas de conflicto deben tenerse en cuenta. El artículo 149.1.8 de la Constitución y los artículos 14 y 16 del Código Civil ayudan a situar la cuestión. No significa que todas las comunidades tengan las mismas normas civiles propias. F01: Constitución; F07: Código Civil.

La vecindad civil es un vínculo jurídico relevante para determinar sujeción a un Derecho civil en los términos legales. No es sinónimo automático de empadronamiento, nacionalidad ni lugar donde se celebra la sesión. Su adquisición y efectos requieren examinar reglas y datos; el coordinador no los certifica a partir de un domicilio escrito en una ficha.

La competencia judicial, la ley aplicable y el reconocimiento de una resolución responden a preguntas distintas: quién puede conocer, qué Derecho se aplica y qué efectos se atribuyen a una decisión. Puede ser necesario acudir a varias fuentes. Elegir un tribunal no permite inferir sin más todas las normas materiales.

Ejemplo de consulta bien formulada

«Se refiere residencia actual en una comunidad y resolución dictada en otra. Necesitamos identificar medidas vigentes, posibles elementos de vecindad civil y reglas de aplicación temporal y territorial. Se solicita determinar el marco antes de valorar un cambio estable de organización». La ficha conserva la incertidumbre; no concluye que la mudanza del adulto haya cambiado automáticamente la ley del caso.

2.6.2. Plan de parentalidad en Cataluña

El artículo 233-9 del libro segundo del Código civil de Cataluña describe el contenido del plan de parentalidad. Permite estudiar cómo concretar responsabilidades, vida cotidiana, cambios de guarda, comunicación, vacaciones, educación e información, entre otras cuestiones. Debe leerse con los artículos 233-8 y los demás aplicables, sin convertir ese artículo en una regulación nacional del coordinador. F29: texto del BOE.

Advertencia de versión: la página del BOE consultada indica actualización en proceso. Para esta edición se estudia el fragmento visible como ejercicio de lectura, sin certificar que el conjunto de la consolidación esté completamente actualizado. Antes de publicar, contrastar el tramo con el Portal Jurídic y las modificaciones oficiales pertinentes. Portal Jurídic de Catalunya.

El plan organiza compromisos parentales; no es un contrato del servicio de coordinación. Una familia puede tener un plan sin un coordinador. Un profesional puede ayudar en una tarea permitida sin convertirse en autor jurídico de todas las medidas. La intervención concreta exige encuadre y competencia propios.

La comparación didáctica se limita a observar qué preguntas operativas aparecen. No se pide redactar el plan completo, materia que el Instituto prevé desarrollar en otra formación. Tampoco se imponen automáticamente a alumnos de otros territorios las mismas denominaciones, artículos o trámites.

Comparar sin trasplantar

Si una guía de otro territorio habla de un plan, anota si es formulario voluntario, contenido exigido por una norma o herramienta de un servicio. Examina destinatarios, control y finalidad. La misma palabra puede describir objetos distintos. Antes de reutilizar una plantilla elimina cualquier afirmación no comprobada de obligatoriedad, aprobación o efecto ejecutivo.

2.6.3. Protocolos, recursos y requisitos territoriales

Una ficha útil separa fuentes: Derecho civil, procedimiento y órgano, protección infantil, recursos de violencia, regulación profesional y protocolos de derivación. Un protocolo judicial no sustituye la ley ni garantiza que un recurso tenga plazas. La existencia de un directorio no acredita disponibilidad inmediata.

En el registro de cada recurso identifica organismo responsable, territorio atendido, finalidad, acceso, fecha de comprobación y límites de uso. No inventes teléfonos o contactos para completar la tabla. Si el dato no está verificado, escribe «pendiente» y el procedimiento para comprobarlo. Las rutas de urgencia y protección se desarrollarán en M3 con revisión territorial.

Las condiciones profesionales pueden depender del perfil, modalidad de ejercicio y actividad real. No se deduce habilitación de una lista de formación, de un diploma privado o de aparecer en un directorio. La entidad que recibe una solicitud debe conocer qué ofrece y qué requisitos tiene que cumplir en su ámbito.

Un cambio de protocolo exige revisar materiales dependientes: ficha de recepción, documentos de información, casos, soluciones y textos comerciales. Actualizar solo el enlace de una biblioteca deja errores en las actividades. La revisión debe indicar qué versión cambia y qué efectos tiene en el curso.

2.6.4. Elemento internacional

Puede existir elemento internacional por residencia de los hijos, nacionalidad, medidas de otro Estado, traslado propuesto o prestación desde otro país. No todo elemento tiene el mismo peso. La residencia habitual se examina de acuerdo con el instrumento pertinente y los hechos; no se identifica mecánicamente con una dirección de registro o una visita temporal.

El Reglamento (UE) 2019/1111 trata competencia, reconocimiento y ejecución en sus materias, además de sustracción internacional. Su artículo 7 establece una regla general de competencia en responsabilidad parental sujeta a otras disposiciones. Hay que comprobar ámbito material, territorial y temporal, Estados vinculados y normas transitorias. No basta saber que dos países están en Europa. F31: texto español EUR-Lex.

El Convenio de La Haya de 1996 contempla competencia, ley aplicable, reconocimiento, ejecución y cooperación en protección de niños. Para situar la consulta interesan los artículos 1, 5, 15, 23 y 29. Su aplicación exige comprobar Estados parte, fechas y relaciones entre instrumentos. No se enseña a aplicar una regla aislada ignorando el conjunto. F30: texto oficial en español.

Desplazamiento y resolución extranjera

Una propuesta de traslado no se autoriza porque el viaje parezca beneficioso ni porque ambos adultos participen en sesiones. Primero se determina qué tipo de desplazamiento es, qué medidas existen, quién ostenta facultades y qué requisitos corresponden. Si aparece riesgo de traslado o retención ilícitos o necesidad de protección, se prioriza el cauce especializado, sin esperar a culminar una actividad negociadora ordinaria.

Una resolución extranjera no se descarta por idioma ni se aplica automáticamente por tener sello. Se identifica original o copia pertinente, alcance, fecha, traducción cuando proceda y reglas de reconocimiento o ejecución. No se exige siempre el mismo procedimiento de reconocimiento: depende del instrumento aplicable. El coordinador no certifica por su cuenta eficacia en España.

Los datos también pueden cruzar fronteras. Prestar a distancia no elimina reglas de protección de datos, transferencias, competencia profesional o acceso al servicio. El nombre de una plataforma no acredita por sí solo cumplimiento. Estas cuestiones se trasladan a la revisión especializada con la información mínima.

2.6.5. Alumnado extranjero y ficha T-D08

El alumno que prevé ejercer fuera de España debe diferenciar aprendizaje de método y aplicabilidad jurídica. Puede aprender a separar fuentes, roles y necesidades, pero deberá verificar legislación local, reconocimiento profesional y condiciones de cada intervención. No se anuncia el diploma como habilitante internacional.

T-D08 incluye territorio o países, hechos de conexión disponibles, norma que se consulta, versión, cuestión que regula, órgano o recurso por identificar, competencia profesional, datos pendientes y actuaciones que no se realizarán todavía. Debe contener una conclusión provisional, no solo una lista de enlaces.

Si no conoces aún tu país de ejercicio o no dispones de fuentes verificadas, completa la variante docente M2-T y distingue tus preguntas pendientes. La evaluación no exige localizar todas las normas extranjeras en cincuenta minutos. La tutoría deberá proporcionar después una ruta accesible si adapta el curso a otro país.

Cerrar E2 con coherencia

Revisa las tres fichas de encargo: privada, derivación y judicial. Compara sus límites con T-D07 y la ficha territorial. Si has excluido decisiones sobre medidas en una tabla, no debes prometerlas en la devolución. Si declaras desconocida la ley aplicable, no escribas después que el traslado es legal. Cada conclusión debe conservar la misma información de partida.

Comprueba además los códigos de casos: CP-01 no incorpora el juzgado de M2-J, la terapia de M2-R ni los países de M2-T. Conserva autoría, versión, tiempo real y ayuda recibida. La entrega final debe permitir que un tercero identifique qué has razonado y qué queda por resolver.

Ruta de estudio y actividad

Trabaja S6 y L6. A6 pide una ficha territorial, una nota de consulta y el control cruzado de E2. Se considera logrado si el alumno identifica el elemento internacional sin resolverlo con una regla inventada y mantiene abiertas las comprobaciones que realmente faltan.

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